lunes, 16 de mayo de 2016

LAS VERDADES DEL FONTANERO

El día 29 de abril de 2016 el grupo parlamentario del Bloque Nacionalista Galego (BNG) formulaba, a través de Cosme Eladio Pombo, una serie de preguntas en la Comisión de Educación y Cultura del Parlamento Gallego. Se trataba de indagar en las razones que llevaron a la Xunta a proveer una plaza de la especialidad de conservación y restauración de documento gráfico en la Escola Superior de Conservación e Restauración de Bens Culturas de Galicia (ESCRBCG), cuando dicha especialidad no existe en dicho centro educativo.

A estas alturas sabemos que el caso se explica por la relación de parentesco entre la beneficiada y un alto cargo de la Xunta de Galicia. Y aunque no entraremos en ese debate ahora (por otro lado incontestable), dicha vacante ha resultado muy polémica ante la irregularidad del procedimiento que parece esconder un enchufe clamoroso.

Lo que queremos presentar aquí es un ejemplo de la hipocresía y la arrogancia ejercida desde el poder y que ha supuesto, en última instancia, ese doloroso alejamiento entre política y ciudadanía que vivimos. La persona que contesta al parlamentario parece representar el paradigma de lo señalado, un poder ajeno a los intereses públicos y centrado en si mismo, un poder ciego, espurio. Para empezar, resulta llamativo que no comparezca un alto cargo relacionado con la contratación de personal (como podría ser el Director General de Centros y Recursos Humanos). Por el contrario, lo hace el Secretario General Técnico de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (en adelante SXT). En esta persona parece concentrarse un divino poder de ubicuidad, puesto que además del citado atesora al menos 18 cargos directivos. Y tampoco por casualidad es superior jerárquico de la protagonista, a la sazón directora del Museo Pedagógico de Galicia, pero paradójicamente también su subordinado, si se atiende al organigrama de dicha institución. Entonces, ¿quién es la beneficiada de la vacante?, efectivamente la directora de dicho Museo. Y quien se presenta al Parlamento es su jefe, el mismo que había amenazado gravemente al director de la ESCRBCG cuando se denunció la situación.

Las preguntas de Cosme Pombo son muy claras; las respuestas lo son menos, por desgracia. Y aunque no recomendamos su visionado, ahí dejamos el vídeo de la comparecencia, bastante deprimente para quien conozca la realidad de la situación.

Como “contextualización” (léase dispersión previa de basura) desnaturaliza la reivindicación universitaria de la ESCRBCG como un supuesto deseo de entrar por la puerta de atrás en el Olimpo universitario. Esa tontería ha sido repetidamente señalada por aquellos que, faltos de argumentos, pretendían desautorizar la demanda (unánime) de adscripción a la universidad por parte de la ESCRBCG. Y ante ideas tan endebles e indignas de comentario, sugerimos por ejemplo la consulta del CV del firmante, que se puede encontrar en las redes sociales, y cuyas necesidades de progresión académica parecen saciadas. En todo caso, aquellos que quieran conocer los argumentos de la solicitud de adscripción, tienen en este mismo blog información más completa.

La siguientes afirmaciones del SXT tienen que ver con la escasa matriculación en la Escuela, a partir de datos tercamente deformados que en todo caso muestran un deprimente desconocimiento de la situación. Para ahorrar en profesorado, es la propia Consellería la que ha limitado la matriculación anual a 20 personas, y dado que los estudios alcanzan cuatro cursos el número potencial de alumnos se limita a 80. Eso no debe esconder un descenso de la matriculación, que se viene produciendo también en la universidad, y que en el caso de la ESCRBCG está mediatizado por la feroz competencia de las titulaciones universitarias en Conservación Restauración, sobre lo que ha alertado repetidamente la Escuela.

La crítica anterior a los profesores y a la ESCRBCG misma tenía una explicación, justificar las razones de la convocatoria de la plaza. Ante personajes (los profesores) y entidades (la Escuela) tan raquíticos, es la Consellería la que paternalmente arregla el desaguisado, que para eso es quien manda. Conscientes de la estructura jerárquica de la institución, que sufrimos pero aceptamos, ese varonil gesto esconde la ausencia de justificación y se podría explicitar aún más sencillamente: lo hacemos porque nos sale de los cojones. Esa es, precisamente, nuestra denuncia.

Bien es verdad que el argumento superaba la metafórica referencia al escroto y contenía una coletilla justificatoria: dado el fracaso de matriculación, se pretendería “explorar” la posibilidad de implantar una nueva especialidad (precisamente la de documento gráfico). Lo que ocultaba es que dicha  implantación fue hace tiempo negada a solicitud de la Escuela, por razones financieras, y reafirmada en estos días. Y se trata de un argumento insostenible dada la situación económica y la necesidad de contratar más profesores (o bajar aún más la ratio). Y en todo caso, para la función de “explorar” ya tenemos en la Escuela un profesor con esa titulación.

Lo que entendemos hasta ahora es que para justificar la colocación irregular de un amigo se destruye el prestigio del centro y de sus profesores: gran estímulo el que nos regalan nuestros jefes, gracias Jefe. Y por si fuera poco a partir de ahí, la comparecencia se precipita en una catarata de la confusión:

  • Se realizó un proceso transparente y abierto: ¿consideran los lectores que convocar inesperadamente una plaza y otorgarla cuatro días después es transparente?, ¿es normal que sólo se presentara una persona en toda España?, ¿que los sindicatos se hayan llevado las manos a la cabeza?, ¿que el propio Jefe Territorial se haya desvinculado del proceso?.
  • Ningún sindicato impugnó el proceso: cuando se puso en marcha (18 de enero) no, pero en cuanto se conoció (a partir del 8 de marzo) la nueva plaza sí se denuncia, tanto en la Mesa Sectorial como en la Junta de Personal.
  • Los profesores de la ESCRBCG defienden posiciones individuales, pues claro: la de aquellos trabajadores que entraron de forma regulada en la Escuela, a través de sus respectivos méritos.
  • Más adelante el SXT amenaza con sacar a concurso todas las plazas de la Escuela, en una actitud (“tomo nota”) que se desautoriza por sí misma. Conocemos esa amenaza, puesto que ya la planteó en una reunión con tres docentes de la Escuela.
  • Respecto a la adscripción a la universidad, repite el cansino argumento de que la universidad no nos quiere. A ese idea hemos contestado siempre de la misma forma, ¿se han reunido alguna vez con los rectores para discutirlo?: nosotros sí.
  • Las últimas afirmaciones escapan a nuestra comprensión, señalando que los profesores interinos carecen de especialidad. O se ha equivocado, o indica un desconocimiento profundo de los procesos de contratación de personal docente. Por supuesto tienen especialidad (arqueología, pintura o escultura; las especialidades que se imparten en la Escuela), y han sido seleccionados a partir de listas creadas por la Consellería. Más aún, algunos de estos interinos no deben ser tan ineptos puesto que la propia Consellería les ha otorgado cargos directivos, que ejercen con notable responsabilidad.

La historia de la fontanería es antigua. En su acepción popular se refiere a las personas encargadas de limpiar las cañerías y cloacas de la política; los encargados de dirigir la opinión pública hacia las posiciones deseadas por el poder, aunque sean falsas. Este es un pequeño caso, un ejemplo menor, pero perfectamente representativo. Por fortuna, a pesar de las presiones, las mentiras y las deformaciones, el ciudadano tiene la última palabra. Una palabra modesta y a veces mal utilizada, su voto. Y ante ese voto me aplico lo de Anguita “votad al honrado, al ladrón no lo votéis aunque tenga la hoz y el martillo”.

Contra esta irregularidad podéis firmar aquí



jueves, 26 de febrero de 2015

HISTORIA DE UN DESBARAJUSTE

Los orígenes
El nacimiento de los estudios de CR puede fijarse en el entorno de los años 40 del siglo XX. En 1942 se reorganizan las Escuelas Nacionales de Bellas Artes y se crea la sección de Restauración. A partir de ese momento se implantarán las asignaturas de Restauración de Cuadros y de Restauración de Escultura que cristalizarán en la creación, en 1949, de la Especialidad de Restauración y en la nueva titulación de Diploma de Restaurador. En 1978 (RD 988/1978, de 14 de abril), las Escuelas Nacionales de Bellas Artes se transforman en facultades universitarias y como consecuencia a partir de 1980 se crean las especialidades de Restauración en las nuevas Facultades de Bellas Artes de las Universidades Complutense de Madrid, Barcelona, Sevilla y Bilbao, y posteriormente en Granada y Valencia. Desde ese momento y hasta el presente la universidad española mantendrá una oferta oficial de titulaciones universitarias en CR, primero como Licenciaturas y muy recientemente como Grados.
Con algo de retraso (1969) pero de forma paralela, se crea en Madrid la Escuela de Artes Aplicadas a la Restauración, inicialmente dependiente del Instituto Central de Restauración y Conservación de Obras y Objetos de Arte, Arqueología y Etnología (ICCROA). En 1977 la ahora llamada Escuela de Restauración de Obras de Arte se independiza formalmente del ICCROA y pasa a depender del Ministerio de Educación, otorgando una titulación de Restaurador.
Como se ve en ese escueto resumen, desde su mismo origen la formación en CR en España se mantiene en dos ámbitos diferentes y en ellos persiste hasta la actualidad.
Las leyes inorgánicas

La historia reciente de las Escuelas de CR (no universitarias) empieza con su reconocimiento como enseñanza superior en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo Español (LOGSE), que reconoce la equivalencia de la titulación expedida por la Escuela a la de Diplomatura Universitaria. Su desarrollo modifica el plan de estudios y la denominación del título y centro, que pasa al de Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales. Sin embargo, las propuestas contenidas en esa ley se limitan a las titulaciones, careciendo de previsión en torno al funcionamiento y normas de las instituciones, que siguen funcionando hasta el presente como centros de enseñanza secundaria. 
En esta época se crean las Escuelas Superiores de CR de Galicia (1991) y de Cataluña (1992), y posteriormente las de Aragón, Asturias y Castilla-León.
La multiplicación de las Escuelas Superiores incrementará el problema no resuelto de competencia con la universidad española, hasta ese momento limitado a la Comunidad de Madrid. En efecto, al menos en siete universidades se seguían expidiendo titulaciones en CR, quizá similares en competencias adquiridas pero diferentes en el nivel académico de la titulación. Es fácil imaginar el perjuicio que esta situación ha ocasionado sobre los diplomados de las Escuelas de CR. Más complicado de calibrar, pero probablemente más profundas, habrán sido las consecuencias de esta duplicidad sobre la actividad profesional: sobre su regulación, sobre la cohesión interna y el asociacionismo, etc.
Aunque no es de interés para este sencillo escrito, la situación de las Escuelas Superiores de CR fue siempre de la mano del heterogéneo grupo denominado Enseñanzas Artísticas Superiores (EEAASS). La citada LOGSE organizó también los estudios de Música, Arte Dramático, Danza, Diseño, etc., estudios con los que compartimos la misma situación de desamparo. Para una lectura del -muy singular- caso de la Música, recomiendo la lectura de los escritos de Valente y Pliego citados en la bibliografía. 
La penúltima ley orgánica sobre educación data de 2006, la Ley Orgánica de Educación (LOE). En relación a las EEAASS la LOE sólo aporta una modificación de denominación de las titulaciones. Ese cambio, de diplomado a graduado, respondía a la necesidad de adaptación al proceso de Bolonia que, como se sabe, pretendía ordenar la enseñanza superior en Europa mediante la creación del Espacio Europeo de la Educación Superior (EEES).
Pese a los ruegos (Carrera, 2005), la LOE fue de nuevo una oportunidad desperdiciada para la ordenación de los estudios en CR. De hecho, durante su redacción se intentó abordar el problema mediante el “Documento de apoyo al establecimiento de un título universitario oficial de grado en Conservación Restauración”, que fue firmado (19 de Febrero de 2005, Museo del Traje, Madrid) por asociaciones profesionales de CR, la totalidad de Facultades de Bellas Artes y varias Escuelas de Conservación (entre ellas, Galicia). Entre otras cosas, en dicho documento se decía: 
“Consideramos que el sistema educativo español cuenta en la actualidad con los recursos docentes, tanto en el ámbito universitario como en el marco de las enseñanzas artísticas de régimen especial (LOGSE) que permitirían la implantación y desarrollo de los estudios de Grado y Posgrado como títulos universitarios. Para ello, en los ámbitos administrativos en los que existen Escuelas Superiores de Conservación-Restauración de Bienes Culturales (ESCRBC) se debería considerar la transformación de las mismas, quedando así incorporadas al ámbito universitario, sin que ello suponga una posición de preeminencia alguna de las estructuras o personas involucradas”.
Jamás se estuvo tan cerca de una solución y debe saberse que fueron las propias Escuelas de CR las que retiraron su apoyo a dicho documento, cuya trascendencia nunca podrá ser calibrada. ¿Qué les pasó a los claustros de esas Escuelas, se impuso el miedo y la rutina, los prejuicios?: el lector deberá preguntar a otros distintos que al abajo firmante.
En todo caso, lo más positivo de la LOE eran dos referencias a la posible cooperación con la universidad. En el artículo 58.4 se señalaba que:
“Las Comunidades Autónomas y las universidades de sus respectivos ámbitos territoriales podrán convenir fórmulas de colaboración para los estudios de enseñanzas artísticas superiores regulados en esta Ley.”
Y aunque nadie ha tenido en cuenta esta previsión, la adicional 22 contemplaba la “transformación” de los estudios a universitarios en el caso de que surgieran titulaciones semejantes en la universidad: 
"En el supuesto de que en el proceso de ordenación de la enseñanza universitaria se definieran en el futuro títulos que correspondan a estudios regulados en la presente Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas podrá establecer el oportuno proceso de transformación de tales estudios”
Esa adicional señalaba específicamente a la Conservación Restauración, y constituyó una “adición” promovida desde el ámbito universitario. Al “ordenar” las EEAASS, los redactores de la LOE (y previamente los de la LOGSE), obviaron torpemente el hecho de que los estudios de CR estaban implantados desde hacía tiempo en la universidad. En el momento de su redacción (año 2005), ya se conocía (2004) la publicación por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) del Libro Blanco de las titulaciones de Grado en Bellas Artes, Diseño y Restauración.
En desarrollo de la LOE, en 2009 se publica el Real Decreto (RD 1614/2009) de ordenación de las EEAASS. En él se define la pauta ECTS, la organización de los niveles de Grado y Máster y otros aspectos para acercarlas al EEES. Sin embargo, su redacción y filosofía pretendía dejar fuera a la universidad en la impartición de las enseñanzas artísticas, obviando el hecho de que algunos estudios  artísticos (Bellas Artes y Conservación) llevaban largos años siendo  titulaciones universitarias. No sólo eso, en 2009 era conocida la presentación ante la ANECA de los proyectos de Grado en Conservación Restauración por parte de varias universidades españolas. Por increíble que parezca ahora, parecía que se trataba de ganar una carrera competitiva entre la universidad y las EEAASS, en el intento de conseguir la titulación de Grado. El liderazgo era ejercido por la asociación ACESEA, dirigida desde siempre por la poderosa vieja guardia de las EEAASS. Sea como fuere, la precipitación e irreflexión con la que se actuó en esos tiempos explican que el RD 1614/2009 haya sido destruido por el Tribunal Supremo. 
El resto es bien conocido, pues alcanza ya el año 2012: con fecha 15 de enero el Tribunal Supremo dicta sentencia impugnando parcialmente el RD 1614/2009, esencialmente en lo referido a la denominación de “Grado” para las titulaciones reguladas en el mismo. El estudio de las sentencias es largo y su interpretación como siempre subjetiva. Para evitar ese riesgo, la citaremos textualmente, en las que se reconoce que debiera haberse producido una transformación de los estudios (al menos, los de CR) a universitarios.:   
“Lo cual implica, contrariamente a lo establecido en la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto 1.614/2.009, que serán los estudios regulados en la LOE los que deberán adaptarse y transformarse, en el caso de que en el futuro en la enseñanza universitaria se definan títulos que correspondan a estudios regulados en la LOE y no al contrario. En todo caso, la aparición de enseñanzas universitarias nuevas debe prevalecer sobre los regulados en la Ley Orgánica 2/2.006, de Educación, puesto que en esta ley se dispone la obligación de transformar las enseñanzas que regula, ante tal supuesto”
La más reciente ley aprobada, en 2013, la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), mantiene a las EEAASS en el espacio escolar -no universitario- diseñada en la LOGSE y mantenida en la LOE. Como novedad, la nueva LOMCE clarifica la equivalencia de las titulaciones que ya contemplaba la LOE, incluyendo algunos detalles novedosos, como la referencia al Marco Español de Cualificaciones (MECES). Pero hay otra interesante novedad, referida a la posibilidad de adscripción a la universidad de los centros:
“Las Administraciones educativas podrán adscribir centros de Enseñanzas Artísticas Superiores mediante convenio a las Universidades, según lo indicado en el artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades”.
La introducción de este nuevo epígrafe es consecuencia de la decidida acción de la Plataforma por la Integración de las Enseñanzas Artísticas en la Universidad, organización que se mostró muy activa en la defensa de la opción universitaria y que fue recibida una decena de veces en el período de redacción de la ley. Todo ello demuestra que para el Ministerio la propuesta de adscripción no era tan descabellada.
Sin embargo, la Consellería de Educación de la Xunta de Galicia, ajena al clamor de los implicados, ha decidido mantener el estatus paralelo, apoyándose machaconamente en afirmaciones carentes de fundamento. En esta situación nos mantenemos ahora, a la espera de que estas afirmaciones caduquen pronto. 
El problema de las EEAASS, ¿es sólo la titulación?
Pese a que últimamente el elemento de discusión parece haberse centrado en el asunto de la “pérdida” de la titulación (de Grado), hace tiempo que señalamos que LOE (y LOMCE) eran soluciones ineficaces a los problemas de las EEAASS (Carrera, 2010). Nos parecía que la organización las dejaba fuera del EEES y condenaba la movilidad internacional de los profesionales con titulaciones en esos centros. Desde luego tenemos dudas muy razonables sobre la “seguridad jurídica” de las titulaciones. 
Para responder a esas preguntas, haremos otra: ¿qué es el Espacio Europeo de la Educación (EEES)?. Creemos que su creación buscaba ordenar, regular y hacer comparables los estudios superiores en Europa. Y, como consecuencia, favorecer la movilidad de alumnado, profesorado y egresados. ¿Qué medios se utilizarán para el logro de ese fin?, el propio Tribunal Supremo lo explica en la Sentencia: 
“…un sistema que se basa en cuatro pilares fundamentales como son:
a) La Pauta ECTS (European Credit Transfer System): Que se fundamenta en el precepto de que, a partir de ahora, un crédito será equivalente a unas 25 o 30 horas de trabajo…
b) Estructura grado/postgrado: La educación superior se dividirá en dos ciclos, un grado de orientación generalista y un postgrado de orientación especialista…
c) Acreditación: Se crean sistemas de acreditación que, mediante una evaluación interna y otra externa, vigila la calidad de cada centro formativo y su adecuación a los requisitos que se establecen en el Espacio Europeo de Educación Superior.
Y por último d) Expedición del suplemento europeo al título para promover la movilidad de estudiantes”

De esos cuatro pilares, el entramado normativo de las EEAASS ha obviado  hasta el momento los tres últimos: ni existe (ni podrá existir jamás) un doctorado que forma parte del posgrado y que pertenece con exclusividad a la Universidad. Pero sobre todo, se ha ignorado el punto c (acreditación), al no exigirse la verificación ante una agencia externa (ANECA, en España), ni desenvolverse procedimientos de control interno de la calidad. Finalmente, no se ha abordado todavía el desarrollo del punto d (suplemento europeo al título). Esas carencias extrañan también al Tribunal Supremo:
“En definitiva, no se alcanza a comprender el objeto del establecimiento de las medidas necesarias "para articular la adecuada diferenciación" con las enseñanzas universitarias como se preceptúa en la disposición adicional séptima, en títulos que, además, tanto en la LOE como en el Real Decreto 1.614/2.009, se declaran como "equiparables a todos los efectos" con las universitarias, pero sin pasar por los requisitos de calidad a que obligan las normativas del contexto de la ordenación de la educación superior española en el marco europeo, contradiciendo por tanto el artículo 46-2º de la LOE e imposibilitando el reconocimiento parcial de esta enseñanzas por las Universidades, lo cual es un contrasentido con la anterior determinación de equiparación de efectos entre los títulos"
Las señalado en los párrafos anteriores expulsa a nuestros estudiantes del EEES y condiciona gravemente, nos tememos, la potencial movilidad no ya del alumnado sino de los mismos profesionales (Marzal, 2010). ¿Quién va a considerar reconocible u homologable, una titulación no acreditada?. Se repite insistentemente en su carácter “equivalente”, pero esa cualidad se limita al ámbito español, ¿quién garantiza que esa equivalencia sea reconocida fuera de las fronteras del estado?. 
Como acabamos de decir ese perverso efecto es seguro para Europa, pero también nos tememos que lo sea para el caso español, como hemos vivido históricamente los profesionales de la CR. La asimilación social entre educación superior y universidad puede acarrear que en la oferta de empleo público, como en el ejemplo señalado, se discrimine a las titulaciones no “universitarias”. En el mercado privado, los problemas superan a la mera titulación: no ha sido abordada una regulación de la actividad de la CR, para lo que se necesitará, como mínimo, un mapa definitivo de titulaciones oficiales. 
Durante el período escolar, la ubicación no universitaria restringe enormes oportunidades al alumnado, un grupo que ha mostrado una notable serenidad en sus reacciones, pese a las afrentas y considerando la enorme repercusión del estado de cosas. La financiación de los estudios de máster, de prácticas externas, de doctorado e investigación les son arrebatadas. En general, se limitan las posibilidades de promoción académica, obligándolos a un imprescindible salto a la universidad. Por no citar una multitud de servicios que, hoy por hoy, les están vetados.
Por último, y pese a que apenas ha aparecido en la discusión, la situación del profesorado es poco sostenible: se le ha exigido impartir “educación superior” con medios, condiciones, horarios, retribuciones, etc., que no son adecuadas ni recompensan el esfuerzo desplegado. En consecuencia, el futuro de los centros de EEAASS no puede ser halagüeño, especialmente en aquellas disciplinas que (como la CR) cuentan con una fuerte competencia en la universidad. 
Como colofón y para resumir la situación actual, citaremos el documento que la Asociación de Conservadores Restauradores de España (ACRE, 2013) publicó recientemente en relación a la regulación de la profesión:
“En lo que respecta a la formación y educación, no existe actualmente un Título Superior único en España con denominación de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales. El profesorado actual tiene tan diversos perfiles como el de profesor de enseñanza secundaria o el de doctor universitario. Esto procura variedad de estudios y comparaciones, no habiendo sido ni siquiera resuelta la homologación de planes anteriores de educación. Vivimos la delirante y absurda realidad de contar actualmente con profesionales titulados con una Diplomatura por las antiguas Escuelas de Conservación y Restauración, a otros con la Licenciatura en Bellas Artes (antes de la existencia de C+R en la Universidad), con la Licenciatura en Bellas Artes con especialidad de C+R, con la Licenciatura en Bellas Artes con itinerario en C+R, con un Título Superior por las Escuelas Superiores de Conservación y Restauración, y, por último, con Graduados en C+R.”

Bibiografía citada y otra recomendada

ACRE (2013): Una regulación profesional que no llega. En: http://asociacion-acre.com/?p=1450
Amitrano, R. y Valiente, S. (1986). Conservación y Restauración en España. B. Anabad XXXVI, nº 3. pp: 481-490.
Carrera, F. (2005): Afanes de una ciencia enmudecidaEn: http://elpais.com/diario/2005/09/12/educacion/1126476007_850215.html
Marzal, C. (2010): El régimen jurídico de las enseñanzas musicales en España. Institución Alfonso el Magnánimo, Valencia.
Pliego, V. (1997): “Los Conservatorios Superiores y la Universidad” En: http://www.xtec.cat/~cmiro12/documents/normativa/2_7.pdf
Valente, A.: “El futuro de la música está en la Universidad”. En: http://www.mundoclasico.com/ed/documentos/doc-ver.aspx?id=88d8e018-39b7-4339-947c-3a4a2d034f6d
Viñas, R. (2008) La conservación y restauración de bienes culturales en el nuevo contexto educativo español. PH Boletín del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, nº 66 I mayo 2008, pp. 106-123.
Grup Tècnic, Breve explicación de la historia de los estudios de Conservación-Restauración en Cataluña. http://gruptecnic.org/Estudios%20C-R%20Cat.pdf

lunes, 20 de octubre de 2014

Muy harto de Brandi

Tras una (acre) discusión con un colega de profesión, me reafirmo más aún en mis profundas convicciones sobre la dirección que toma la disciplina, y cuán equivocados estamos los CR. Renuncio al trabajo de justificar mis preguntas con referencias bibliográficas y argumentos epistemológicos. Al que le interese su futuro profesional, le recomiendo que actualice su literatura de cabecera. Asi pues, muy a la brava, me pregunto: 

  • ¿No hemos estado más preocupados por restaurar “eticamente” que por la preservación, la protección, la CONSERVACIÓN?
  • ¿Hemos convertido el diagnóstico en el objeto central de nuestro trabajo, o nos produce aburrimiento?
  • ¿Analizamos, antes que nada, los procesos de alteración y los riesgos, ambientales pero también antrópicos?
  • ¿Seguimos o no atados a nuestro bisturí y nuestro B-72; aplicando ACRÍTICAMENTE los tratamientos aprendidos en los centros de formación?
  • ¿Nos interesa la gestión, la catalogación, la prevención, antes que la intervención directa, o más bien al revés?
  • ¿Hemos dedicado tiempo a estudiar, a renovar conocimiento?
  • ¿Hemos investigado y publicado, difundido ese conocimiento?
  • ¿Hemos publicitado nuestra actuación?¿Hemos cooperado a la mejora del RECONOCIMIENTO SOCIAL del patrimonio cultural?
  • ¿Hemos sido nuestros peores enemigos?¿Nos hemos preocupado por proteger al individuo antes que al grupo  profesional? (y así nos ha ido)
  • ¿Hemos asumido las políticas de las administraciones públicas o, por el contrario, hemos hecho frente a la ausencia de estrategias patrimoniales coherentes?
  • ¿Nos interesa, apreciamos sinceramente el patrimonio, o es sólo nuestro ecosistema?

Cuando analizo esta profesión y su estado, no soy capaz de diferenciar las culpas ajenas de las propias. E, ingenuamente, echo la culpa a Cesare Brandi, por habernos entretenido en debates estériles (y como profesor, también me pregunto qué culpa tenemos las entidades académicas).

(Cesare, por cierto, era historiador del arte)


Fernando Carrera Ramírez

jueves, 20 de marzo de 2014

Mensaje a nuestro alumnado, algo cansado y quizá asimismo confundido

No se nace violento, más bien el ecosistema social convierte a la persona en lo que vemos, en lo que rápida y con frecuencia injustamente juzgamos. Somos ariscos, lo sabemos, pero como el violento tampoco nacimos así. Nuestro ecosistema profesional nos convirtió en seres protestones y poco maleables: nada de lo realizado resultó sencillo, todo hubo de ser tercamente peleado. Y cuando tuvimos la oportunidad, intentamos hacer algo para aliviar esa experiencia en los colegas, en los futuros colegas.

En cuanto conocimos las –largamente sospechadas- sentencias del Tribunal Supremo vimos clara la oportunidad de volver (sí, volver, si es que alguna vez dejamos de hacerlo) a pelear por un título y una ubicación justas, lejos de las arbitrarias equivalencias. Por el camino encontramos personas que nos acompañaron, desde otras disciplinas; nombres que se han dejado la piel en esta lucha, con poco que ganar y unas cuantas cosas que perder. Personas que han perdido peso en la batalla, han sido injustamente vapuleados y han arriesgado prestigio pero también tranquilidad. 

También hay algunas instituciones, algunas entidades, entre las que orgullosamente se puede citar a la ESCRBCG, que se han significado mucho. Creo que, más allá de la derrota, hemos conseguido ser ejemplo de valentía, de unidad, de oposición a la injusticia, de avanzar ciegamente hacia un objetivo en el que apenas nadie salvo nosotros creíamos.  

¿Por qué se ha hecho?. Por todos y por nadie, por poco y por todo. Por solucionar un problema histórico, enquistado y enconado, que nadie ha sabido o ha querido resolver. Un problema de justicia absoluta, un problema de muy sencilla solución pero contaminado de intereses, en los que se han olvidado los derechos de los estudiantes. Y más aún, se ha condicionado gravemente la posibilidad de éxito de los profesionales.

Sabemos que todo esto os parece lejano y no queremos contaminar vuestra inocencia con un discurso demasiado amargo; no haremos un diagnóstico profundo del estado de nuestra profesión, en la que ejercimos largos años y por la que sentimos profundo respeto. Si evitamos ese diagnóstico debéis creer entonces nuestras palabras: la titulación lo es todo. Es la oportunidad, la visibilidad, el poder; pero también cosas tan sencillas como la nómina o la mera capacidad de interlocución. Es el principio para la reconstrucción de una profesión herida. 

Una titulación que se nos ha negado por razones falsas y complejos absurdos. Un derecho que os habréis ganado en los largos años de estudio y de especialización. Una situación que no puede sostenerse por más tiempo.

En el programa de dirección presentado en 2011 nos habíamos comprometido a trabajar en la solución de ese conflicto. Arriesgamos, nos esforzamos mucho y aún así no fuimos capaces de conseguirlo, llegando hasta el límite con una dimisión anunciada. Pese a esta situación, no renunciamos a seguir luchando: a partir de ahora como meros profesores, como profesionales, como individuos, pero tened claro que seguiremos tercamente dando la matraca.

Por amor a una profesión aún apenas percibida, por vuestros colegas ninguneados, por respeto al patrimonio, por justicia, os animamos a perseverar, a no rendiros, a ser creativos, a seguir peleando. A buscar cada día un breve tiempo para lanzar un tuit o enviar un mensaje, a salir a la calle, a encerrarse, a llenar las calles de Pontevedra con vuestras alegres manifestaciones. No nos rindamos, no dejemos sin respuesta la incomprensión recibida, no hagamos el juego a los presidentes de la desesperación. Estaremos todos trabajando porque sea algo más justo, aunque en una mínima parte, este mundo que nos hemos encontrado: violento.  

Para empezar, os ruego acompañéis (y difundáis) la iniciativa de la Asamblea Abierta, que ha diseñado una nueva campaña de recogida de firmas:


Un sincero agradecimiento por vuestra lucha; un fuerte saludo de ánimo.

lunes, 14 de octubre de 2013

Lo que vi y lo que olvidaré


Hace un par de días que terminó nuestra ingenua e invisible epopeya, la peregrinación a Santiago de alumnos y profesores de la ESCRBCG, para reclamar una entrevista con el Conselleiro de Educación. Se trata de una historia que no olvidaré por muchos motivos; por la suerte que tuvimos al vivirla, y por poder observar tranquilamente...  

Vi a un grupo de alumnos informados y concienciados, defraudados, activos, cooperantes. Todo eso lo vi, y no lo olvidaré. Vi a las Albas, a Marta, Candela, Lucía, Fernando, Javier, Noé, Estela, Diego, Ana, Aitana, Lucas, a tantos otros, caminando hacia una ilusión posible. Recordaré su esfuerzo, su dolor, su incomodidad; lo vi y lo recordaré.

Recordaré, porque la vi, la compañía afectuosa y esforzada de Sonia y Álvaro. Ellos hicieron el camino en nombre de muchos otros. Recordaré el esfuerzo de Rosa, Carmen o Andrea, acercándose a nuestras pequeñas manifestaciones por los pueblos del camino, haciéndonos sentir más arropados, menos solos. Vi a Susana y a Ángela, pero también a Carmen, recorriendo kilómetros entre sus vidas para hacer tiernos bocadillos de atún, pimiento y afecto. Recuerdo la presencia en Santiago de muchos profesores de la Escuela. No olvidaré nada de eso.

También vi a ex-alumnos caminando con nosotros, o haciendo llegar su mensaje solidario desde lugares remotos. Para mi tristeza no vi a muchos otros, pero eso lo olvidaré. No vi, y por tanto olvidaré, a muchos colegas, a amigos, a los jefes, también a los iguales, que podrían haber acompañado nuestros pasos. Quizá era pedir un esfuerzo colosal, quizá no sea el momento de los valientes. No olvidaré a Álvaro, a Bernar, a Pablo ni a Gonzalo, iluminando con su sabiduría nuestros pasos. Los noté cerca de nosotros.

Recordaré por siempre el afecto recibido de la gente de la calle, anónima e ignorante de nuestros problemas. Su simpatía hacia unos locos con sus blancas batas merece ser recordado. Vi institutos que nos abrieron sus puertas: una solidadidad afectuosa que agradecemos y recordaremos.

Recordaré, porque lo percibí, la simpatía generada en muchas partes, los apoyos individuales o grupales recibidos. No olvidaré a Rosa ni a Bea, como siempre a nuestro lado. Recordaré a los amigos de Arte Dramático, que nos apoyaron en los últimos momentos. Sentimos su calor en un día de por sí caluroso.

Vi mucha implicación entre alguna prensa, tanto más cuanto más independiente, y por supuesto en los incondicionales. Olvidaré a los subvencionados, que nos ignoraron. Vi políticos conocedores, estudiosos, y vi otros constreñidos por disciplinas ignorantes. Vi a sindicalistas caminando, vi a alcaldes. A los que se preocuparon los recordaré; el resto serán olvidados.

No vi, y por tanto olvidaré, ni al conselleiro ni a los que tras él se esconden. Rechazo la dura indiferencia hacia mis alumnos, que no perdonaré. Los olvidaré, como la sociedad, muy pronto.

Debe ser recordado todo lo estimulante que vivimos; los aromas positivos, todo lo que mueve conciencias e implica evolución y mejora. El resto debe ser olvidado. Nuestra pequeña, modesta lucha, será recordada por que era así, creativa. Y también por que veremos la victoria, recordadlo.

jueves, 26 de septiembre de 2013

Por qué pedimos la adscripción al Conselleiro de Educación


LA HISTORIA

Las Escuelas Superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (como los Conservatorios Superiores, las Escuelas de Arte Dramático y otras, las Enseñanzas Superiores Artísticas) otorgan, desde la LOGSE, titulaciones equivalentes a las universitarias, antes (LOGSE) equivalentes a diplomado:

Artículo 49. 1. Los estudios correspondientes a la especialidad de Conservación y Restauración de Bienes Culturales tendrán la consideración de estudios superiores. Los alumnos que superen dichos estudios obtendrán el título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, que será equivalente, a todos los efectos, al título de Diplomado Universitario.

Esa ley orgánica (LOGSE) es el origen reciente del problema. En esa norma, se equipararon por fin las titulaciones artísticas a las universitarias (licenciado o diplomado, según los casos), pero sin modificar la regulación funcional, que equiparaba a institutos de bachillerato o de formación profesional a los centros que las impartían. Más allá de esa aberración legislativa, el desorden se ampliaba a una ordenación académica que limitaba el recorrido académico de las enseñanzas artísticas al segundo ciclo, obviando la importancia del doctorado y restringiendo la investigación en las disciplinas artísticas. Esa equiparación -limitada a las titulaciones- impidió además que los centros y las propias enseñanzas se ubicasen en un espacio adecuado a su carácter superior, como sí ha ido ocurriendo con otras enseñanzas que se han integrado en la universidad, de Bellas Artes a Educación Física y Deportiva, de Enfermería a Fisioterapia.

Con la LOE, se mantiene la misma estructura, ahora sugiriendo la equivalencia a  Grado. Nótese que no se cita el “grado”, sino un “título superior”

Art. 57. 2. Los alumnos que superen estos estudios obtendrán el título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, que será equivalente a todos los efectos al título universitario de Diplomado o el título de Grado equivalente

Conviene citar la Disposición Adicional 22 de esa ley, según la cual “en el supuesto de que en el proceso de ordenación de la enseñanza universitaria se definieran en el futuro títulos que correspondan a estudios regulados en la presente Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, podrá establecer el oportuno proceso de transformación de tales estudios”, lo que obviamente no se ha producido.

El desarrollo de esa LO se produce en el Real Decreto 1614/2009 (El objeto de la discordia):

Art. 8. 2. Los títulos de Graduado o Graduada en enseñanzas artísticas tendrán la denominación que a continuación se establece, seguida de la especialidad correspondiente:
  • Graduado o Graduada en Música.
  • Graduado o Graduada en Danza.
  • Graduado o Graduada en Arte Dramático.
  • Graduado o Graduada en Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
  • Graduado o Graduada en Diseño.
  • Graduado o Graduada en Artes Plásticas.

Pero además, se introdujo una Disposición adicional séptima, que fue vista por la Universidad como un ataque a su independencia: 

“Articulación de la oferta de enseñanzas. Corresponde a las Administraciones educativas, de acuerdo con los criterios que determinen en sus protocolos de evaluación la ANECA y los órganos de evaluación de las comunidades autónomas, el establecimiento de las medidas necesarias para articular la adecuada diferenciación de la oferta de las enseñanzas artísticas a que se refiere el presente real decreto con la de las enseñanzas universitarias que pudieran pertenecer a ámbitos disciplinares coincidentes con éstas, de tal modo que no se establezcan otros títulos oficiales cuyas denominaciones, contenidos formativos o competencias profesionales sean coincidentes sustancialmente con los títulos de Grado y Máster referidos en los artículos 8 y 9 de este real decreto.”

Ante lo cual varias universidades interpusieron un recurso ante el TS contra  dicho RD, que finalmente fue parcialmente aceptado.

Con fecha del 13 de enero de 2012 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictaba una sentencia en la que estimaba de forma parcial la impugnación por parte de la Universidad de Granada del Real Decreto 1614/2009, que establecía la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (LOE). La demanda de la Universidad de Granada, nacida en su facultad de Bellas Artes, se explicaba en el hecho de que las enseñanzas artísticas condujesen a un título de Grado que ya existía en la universidad (Conservación y Restauración de Bienes Culturales).

El último paso es la anulación de la denominación, mediante RD (sigue en borrador):

Art. 1. 2. En cumplimiento de las sentencias 299/2012, 320/2012, 321/2012 y 348/2012 del Tribunal Supremo se modifica una de las cualificaciones referidas al Nivel 2 (Grado) del anexo del Real Decreto 1027/2011, de 15 de Julio, por el que se establece el MECES: se sustituye la denominación de “Título de Graduado de las Enseñanzas artísticas superiores” por la de “Título Superior de las Enseñanzas Artísticas Superiores”.

Mientras tanto, las autoridades autonómicas parecieron no enterarse, modificando incluso el plan de estudios (17 Abril 2012) sin señalar la modificación de la denominación. Por ejemplo, la Xunta de Galicia:

CORRECCIÓN de erros. Orde do 30 de setembro de 2010 pola que se establece o plan de estudos das ensinanzas artísticas superiores de grao en conservación e restauración de bens culturais na Comunidade Autónoma de Galicia e se regula o acceso ás ditas ensinanzas.

Dado que la redacción de la LOMCE estaba en trámite cuando se conocieron esas sentencias, en los borradores se ha intentado dar solución mediante la siguiente redacción:

Cuarenta y uno. El apartado 2 del artículo 56 queda redactado de la siguiente manera: “2. Los alumnos que superen estos estudios obtendrán el Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, que queda incluido a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior y será equivalente al título universitario de grado. Siempre que la normativa aplicable exija estar en posesión del título universitario de Grado, se entenderá que cumple este requisito quien esté en posesión del Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.”

Desde entonces, hemos tratado de influenciar al Ministerio para que solucionase esta situación mediante la integración de las EEAASS en la Universidad.

A nuestro modo de ver, la clave radicaría en la adscripción de los centros y de sus titulaciones a las universidades, con lo que los títulos serían universitarios de pleno derecho, pero esa adscripción también implicaría notables mejoras en el funcionamiento de los centros, dado que los centros adscritos deberían regirse por la normativa universitaria. El Ministerio de Educación incluso podría promover una mejora sustantiva del marco laboral del profesorado equiparándolo al que regía para los profesores y catedráticos de escuela universitaria en cuanto a funciones, responsabilidades y retribuciones. Al mismo tiempo ello permitiría la puesta en marcha de estudios específicos de Posgrado (master y doctorado). Aun cuando todo el proceso implicase algunas modificaciones normativas, los resultados previsibles las compensarían. Por supuesto, a este proceso no pueden ser ajenas las propias universidades, en tanto debieran considerar el perjuicio que se está causando a un amplio conjunto de estudiantes.

Tanto el Ministerio como las Comunidades Autónomas tienen ante sí la posibilidad de solucionar un problema, que afecta a un número muy elevado de estudiantes, de la forma más plausible y eficaz, pues la propia LOE en su artículo 58, apartado 4, contempla la posibilidad de que Comunidades Autónomas y universidades de su ámbito territorial establezcan convenios para la organización de estas enseñanzas.

Lo único que hemos logrado (en el borrador de la LOMCE), es la siguiente referencia:

Cuarenta y tres. Se añaden dos nuevos apartados 7 y 8 al artículo 58, con la siguiente redacción: “7. Las Administraciones educativas podrán adscribir centros de Enseñanzas Artísticas Superiores mediante convenio a las Universidades, según lo indicado en el artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

En realidad, esa referencia dice implícitamente que las administraciones autonómicas podrían adscribir los centros incluso antes de la entrada en vigor de la LOMCE (se hace referencia a LOU), aunque también queda descrito en el artículo 58 de la LOE:

4. Las Comunidades Autónomas y las universidades de sus respectivos ámbitos territoriales podrán convenir fórmulas de colaboración para los estudios de enseñanzas artísticas superiores regulados en esta Ley.

Por supuesto, en la LOU se contemplaba esa posibilidad:

Artículo 11. Centros de educación superior adscritos a universidades. 1. La adscripción mediante convenio a una universidad pública de centros docentes de titularidad pública o privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejo de Gobierno de la universidad, previo informe favorable de su Consejo Social.

De hecho, la Secretaria de Estado de Educación (Montserrat Gomendio), declaraba lo siguiente en Octubre de 2012:

“… y si bien la mayor parte de los consejeros se manifiestan por la no integración en la universidad, hemos recibido más de 10.000 correos electrónicos de ciudadanos que sí la reclaman, por lo que el Ministerio estudiará la oportunidad de practicar esta integración, teniendo en cuenta que el ordenamiento jurídico actual permite la integración voluntaria. Ruega a todos los consejeros que envíen sus aportaciones y manifiesta su disposición para el diálogo.”

Sin embargo, tanto desde Galicia pero también en otras comunidades autónomas, ha sido imposible movilizar de la postura contra la integración en la Universidad a los respectivos Consejeros de Educación. 

LAS CONSECUENCIAS

Las consecuencias para el alumnado (y los Centros, y su profesorado) son demoledoras. La primera, es la anulación de la titulación de Grado para los egresados de esos estudios.

La sentencia del Tribunal Supremo, impecable en su argumentación, deja a un elevado número de estudiantes de toda España sin la titulación de Grado prometida. El Ministerio de Educación propone en la nueva LOMCE la recuperación del “Título Superior” previsto en la LOE, similar al ya contemplado en la LOGSE, y que equivaldrá, se dice, “a todos los efectos”, al título de Grado. Se prolonga así, con inefable terquedad, un esquema para las enseñanzas artísticas a día de hoy fracasado.

Sin embargo, se puede hacer una lectura más sosegada de todo esto. Se ha querido definir como de orden “estético” la pérdida de la denominación de “grado”, aunque sin embargo se esconde una trascendencia mayor, puesto que demuestra el fracaso del esquema organizativo planteado en la LOGSE y LOE. Las consecuencias reales son graves, y tienen que ver con el esquema diseñado, fuera de la universidad:
  • Un grupo creciente de universidades están implantando títulos de grado en todas las especialidades propias de las enseñanzas artísticas, lo que (como ha ocurrido siempre en la Conservación) se puede prever una multiplicación de titulaciones universitarias en EEAASS.
  • En consecuencia, se crearán (desde hace años en CR) dos niveles de titulaciones: los “universitarios” y los “de medio pelo”, los “equivalentes”. Es probable que con el tiempo los grados tengan preferencia en determinados concursos públicos en los que se dé preeminencia a las titulaciones universitarias como ya ha ocurrido en no pocos casos. Muy recientemente la Dirección General de Profesorado de la Generalitat de Cataluña establecía que en determinados concursos se tendrían en cuenta titulaciones estrictamente universitarias.
  • Por supuesto, lo anterior tiene evidentes consecuencias en el ámbito profesional y laboral en los egresados.
  • La consecuencia de no pertenecer a la Universidad resta enorme cantidad de oportunidades al alumnado. El mejor ejemplo se aprecia en la política de becas, en las que con frecuencia sólo se convoca a los estudiantes universitarios. Por ejemplo:
  • Otra cuestión de fuerte calado es el condicionamiento de la movilidad internacional de los titulados: ¿se reconocerán sus titulaciones?, ¿esas “equivalencias” son reconocibles en Europa?. Creemos que no, dado que no se cumplen algunos de los principios del EEES (Bolonia):
    • Los títulos no han sido acreditados por una Agencia Externa (ANECA)
    • No se imparte doctorado
    • Todavía no se ha regulado el Suplemento Europeo al Título
  • Por supuesto, a nivel organizativo, los centros educativos mejorarían enormemente (carecemos de legislación de referencia), y probablemente el estatus laboral del profesorado. En la actualidad, se regulan como Institutos de Secundaria. Y la investigación es, obviamente, inexistente. 
La consecuencia es una fuga constante de alumnado desde las Escuelas Superiores a la Universidad, que hace peligrar el futuro de estos centros.

OTRAS FUENTES DE INFORMACIÓN Y OPINIONES: